Declaración de Accesibilidad

El Instituto de la Juventud (Injuve), se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.

La presente declaración de accesibilidad se aplica a el sitio web https://ceulaj.injuve.es.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con la norma UNE-EN 301549:2019 (equivalente a los requisitos de nivel de conformidad A y AA de WCAG 2.1) debido a las excepciones que se indican a continuación.

Contenido no accesible

  • Errores de XHTML no críticos

    • Declaración del script de Google Analytics como "aplication/json".
    • Declaración de atributos inline en iframes.
  • Podrían existir fallos puntuales de edición en alguna página que se solventarán en cuanto se detecten.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

 

Con fecha 12/04/2022 se ha realizado una Auditoría Interna de Accesibilidad de Insitituto de la Juventud (INJUVE),. El resultado de la auditoría satisface los requisitos de accesibilidad de nivel  Doble-A WCAG 2.0 así como los requisitos necesarios para satisfacer la Norma UNE 139803:2012 (Requisitos de Accesibilidad para contenidos en la web).

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como por ejemplo:

  • informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
  • transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web

A través de los formularios:

Procedimiento de aplicación (reclamación)

El procedimiento de reclamación seguirá la norma recogida en el artículo 13 del RD 1112/2018.

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5 del RD 1112/2018, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través del Registro Electrónico Común, la sede electrónica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigiendo su reclamación al Instituto de la Juventud.

Contenido opcional

El sitio web está diseñado para su visualización Responsive, con lo que se visualiza de forma óptima en los dispositivos tablet y móviles.

Existe un servicio en todos los contenidos finales y en todos los documentos de lectura en voz alta (Read Speaker) que puede facilitar su lectura.